A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Sanitas S.A Eps·Respondent Entidad Administradora De Los Recursos Del Sistema De Seguridad Social En Salud-Adres
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Finalidad
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Competencia de la jurisdicción contencioso administrativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicción suscitado entre el Juzgado 6º Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 61 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral interpuesta por la E.P.S.
Sanitas en contra de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), con el propósito de obtener el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que fueron asumidas por la entidad respecto a los gastos en que incurrió por razón de la cobertura efectiva de servicios, procedimientos e insumos no incorporados en el POS, en cumplimiento de decisiones de los comités técnicos científicos y de fallos de tutela, que no le fueron cancelados por la demandada, pues en el procedimiento de recobro que adelantó le opuso unas glosas, en su opinión injustificadas.
La Corte verificó el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y estableció que la resolución del precitado proceso le corresponde al Juzgado 61 Administrativo del Circuito de Bogotá, a donde ordenó remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los sujetos procesales interesados.
Como regla de decisión se estableció que, el conocimiento de los asuntos relacionados con los recobros de servicios y tecnologías en salud no incluidos en el POS, hoy PBS, corresponde a los jueces contencioso administrativos, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, por cuanto a través de estos se cuestiona por parte de una EPS un acto administrativo proferido por la ADRES.
Concluyó que, este tipo de controversias no corresponde a las previstas en el numeral 4º del artículo 2 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, en la medida en que no se relacionan, en estricto sentido, con la prestación de los servicios de la seguridad social.
Precisó que, se trata de litigios presentados exclusivamente entre entidades administradoras y relativos a la financiación de servicios ya prestados, que no implican a afiliados, beneficiarios o usuarios ni a empleadores.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 6º Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 61 Administrativo del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 61 Administrativo del Circuito de Bogotá, conocer del proceso de la referencia adelantado por Sanitas S.A. en contra de la ADRES, de acuerdo con las consideraciones de este auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-072 al Juzgado 61 Administrativo del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 6º Laboral del Circuito de Bogotá y a los sujetos procesales dentro del proceso ordinario laboral correspondiente.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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